miércoles, 8 de febrero de 2012

DICTAMEN SOBRE EL ESTADO DE EJECUCIÓN DEL PLAN DE RECUPERACIÓN DEL BUCARDO


Descargar el documento del Consejo de Protección de la Naturaleza de Aragón

El presente dictamen, se emite a solicitud del Departamento de Agricultura y
Medio Ambiente de la Diputación General de Aragón y a raíz de lo regulado en  el
Decreto 97/1993, de 18 de agosto, de la Diputación General de Aragón, por el que se
aprueba el Plan de Recuperación del Bucardo o Cabra Pirenaica
El bucardo (Capra p. pyrenaica) se encuentra incluido en el Catálogo Nacional de
Especies Amenazadas de Aragón regulado mediante el Real-Decreto 439/1990, de 30 de
marzo y en el Catálogo de Especies Amenazadas de Aragón regulado mediante el
Decreto 49/1995, de 28 de marzo de la Diputación General de Aragón, quedando
recogido en ambos en la categoría de “en peligro de extinción”.
La inclusión de una especie en el Catálogo de Especies Amenazadas en la
categoría de “en peligro de extinción”, conlleva, de acuerdo con lo que establece la Ley
4/89, de 27 de marzo, de Conservación de Espacios Naturales y de la Flora y Fauna
Silvestres, una serie de prohibiciones genéricas, así como la redacción de un Plan de
Recuperación de la misma, el cual está vigente desde septiembre de 1993.
A este respecto, y tras la remisión de un informe sobre el estado de ejecución del
Plan de Recuperación del Bucardo y la posterior explicación del mismo en la
comparecencia ante el Pleno del Consejo del Sr. Guiral y el Sr. Folch; se procede al
estudio del referido texto, su debate y deliberación en la Comisión de Espacios
Naturales Protegidos, Flora y Fauna Silvestres del  Consejo de Protección de la
Naturaleza, y  por unanimidad se acuerda:
 
Emitir la siguiente propuesta de dictamen con relación al estado de ejecución
del Plan de Recuperación del Bucardo.

Estudiadas las recomendaciones y medidas de urgencia adoptadas por los técnicos
del Comité Asesor para el Plan de Recuperación del Bucardo y teniendo en cuenta la
situación de extrema gravedad en que se encuentra esta especie, se consideran acertadas
las iniciativas que se están llevando a cabo, no existiendo, a priori, otras alternativas de
actuación.
 
Desde el Consejo de Protección de la Naturaleza se apoya la opción de conservar
el material genético del bucardo, a partir de células epiteliales del único ejemplar
hembra existente en la actualidad, como única medida para posibilitar en un futuro, con
los avances científicos y tecnológicos en el campo  de la genética, otras medidas de
actuación. El Consejo quiere dejar constancia de la importancia y urgencia de que se lleven a
cabo estas medidas y de la necesidad de mantener el menor tiempo posible a la bucarda
en cautividad, una vez que se compruebe que los cultivos celulares son positivos,
considerando las experiencias anteriores y sopesando los riesgos.

Por otra parte, el Consejo desea aprovechar esta circunstancia para insistir en la
oportunidad de un debate en torno a la introducción de especies foráneas en aquellos
lugares donde hayan desaparecido, debiéndose estudiar en profundidad este tema y
establecer unas pautas comunes de actuación reguladas bajo una legislación común.
En resumen, tras la consideración de todos los elementos expuestos en el citado
Plan, este Consejo valora positivamente las actuaciones que se están llevando a cabo y
se manifiesta a favor de todas las medidas de urgencia adoptadas.
Lo que con el Vº Bº del Sr. Presidente, en la ciudad de Zaragoza a 20 de Abril de
mil novecientos noventa y nueve, como Secretario del Consejo de Protección de la
Naturaleza de Aragón,

CERTIFICO:
       
            VºBº  

   EL PRESIDENTE                   EL SECRETARIO
     Fdo. José A. Sánchez Navarro             Fdo. Carlos Ontañón Carrera

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